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Conductores 5 de octubre de 2026

¿Hay que llevar foto para renovar el carnet de conducir?

Una de las dudas más habituales antes de venir a renovar el permiso. Te contamos qué hacemos nosotros con la fotografía y qué requisitos tiene si prefieres traer la tuya.

Una duda muy habitual cuando llega el momento de renovar el permiso es: ¿tengo que llevar una fotografía al psicotécnico?

En la mayoría de los casos, la respuesta es muy sencilla: no hace falta traer ninguna foto.

Actualmente, los Centros de Reconocimiento de Conductores autorizados podemos realizar prácticamente todo el procedimiento de renovación del carnet. Se realiza el reconocimiento médico, se tramita la renovación de forma telemática y la fotografía también se hace directamente en el centro.

Este sistema de tramitación electrónica comenzó a implantarse en 2010 y actualmente permite realizar la renovación sin necesidad de desplazarse posteriormente a una Jefatura de Tráfico. La propia DGT indica que, si renuevas el permiso en un Centro de Reconocimiento de Conductores, allí pueden realizarte la fotografía en ese mismo momento.

¿Hace falta ir al fotógrafo antes de venir al centro?

No. Si vienes a nuestro centro de reconocimiento de conductores en Dúrcal u Otura a renovar el carnet de conducir, no necesitas traer fotografías. Nosotros realizamos la fotografía durante la tramitación y la incorporamos digitalmente al expediente que se envía a la Dirección General de Tráfico. Además, los programas utilizados para realizar la tramitación permiten adaptar correctamente la fotografía al formato necesario para su envío.

Por tanto, es una cosa menos de la que preocuparse antes de acudir a renovar el permiso de conducir.

¿Puedo llevar mi propia fotografía?

Sí. En nuestro centro, si una persona prefiere utilizar una fotografía que ya tiene, podemos escanearla e incorporarla a la tramitación, siempre que sea una fotografía adecuada y actual. En ese caso recomendamos que tenga fondo blanco o, como mínimo, claro, liso y uniforme, que es lo que establece la normativa.

Tampoco es necesario obsesionarse con que la fotografía tenga exactamente las dimensiones finales, ya que nuestro sistema de tramitación permite ajustarla al formato correspondiente. No obstante, la fotografía debe permitir identificar claramente a la persona y debe ser reciente. No es recomendable traer una fotografía de hace muchos años en la que la apariencia física sea claramente diferente.

¿Qué requisitos tiene la fotografía del carnet de conducir?

Cuando se aporta una fotografía física para un trámite de Tráfico, el Reglamento General de Conductores establece que debe ser:

  • Reciente.
  • En color.
  • De 32 × 26 milímetros.
  • Tomada de frente.
  • Con fondo claro, liso y uniforme.
  • Sin gafas de cristales oscuros ni prendas que dificulten la identificación.

En nuestro centro recomendamos directamente utilizar fondo blanco, porque facilita una imagen limpia y adecuada para la documentación oficial.

¿Se puede salir con pañuelo o con la cabeza cubierta?

Este es un asunto sobre el que conviene no hacer generalizaciones.

La normativa específica que regula la fotografía del permiso de conducir establece actualmente que debe tomarse con la cabeza totalmente descubierta y sin prendas que impidan o dificulten la identificación.

En otros documentos oficiales, como el DNI, existen actualmente excepciones para prendas de cabeza utilizadas por motivos religiosos o médicos, siempre que quede completamente visible el óvalo del rostro. Sin embargo, esa excepción aparece expresamente regulada para el DNI y no figura de la misma manera en la normativa del permiso de conducir.

Por ello, si existe alguna circunstancia especial relacionada con vestimenta religiosa o médica, lo aconsejable es consultarlo previamente con el Centro de Reconocimiento o con la DGT antes de realizar la fotografía.

¿Y si tengo que renovar directamente en Tráfico?

Lo habitual es que una renovación normal pueda tramitarse completamente desde un Centro de Reconocimiento de Conductores. Sin embargo, pueden existir casos excepcionales en los que sea necesario realizar algún trámite directamente ante una Jefatura de Tráfico.

Cuando la renovación se realiza presencialmente ante Tráfico y se exige aportar fotografía, deberá llevarse una fotografía actual en color de 32 × 26 mm, además del resto de documentación necesaria.

En resumen: para renovar el carnet, no necesitas traer foto. Si vienes a nuestro centro simplemente para renovar tu carnet de conducir, puedes despreocuparte de la fotografía. Te hacemos la foto directamente en el centro, realizamos el reconocimiento médico y tramitamos electrónicamente la renovación ante la DGT. Y si prefieres traer una fotografía propia, también podemos utilizarla siempre que sea reciente y reúna las condiciones adecuadas. Así que, salvo situaciones especiales, para renovar tu carnet solo tienes que venir al centro: de la fotografía y de la tramitación nos encargamos nosotros.

Este artículo es informativo y no sustituye la valoración de un profesional. Cada caso se estudia de forma individual según la normativa vigente. Si tienes dudas sobre tu situación, consúltanos.

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